El perfil de ingreso más adecuado para realizar el Máster Universitario en Ciencias Actuariales y Financieras es el de aquellos estudiantes que hayan obtenido una Titulación afín:
A los estudiantes que acrediten otra Titulación, la Comisión Académica del Máster les orientará y aconsejará realizar alguno de los complementos formativos reflejados en el siguiente apartado.
No se establecen complementos formativos para los estudiantes que hayan realizado alguna Titulación afín al Máster reflejada en el apartado anterior. La Comisión Académica del Máster orientará y aconsejará a los estudiantes cuya Titulación no esté incluida en la relación anterior, para que adquieran competencias y conocimientos de Análisis de las Operaciones Financieras, Economía, Contabilidad, Estadística y Matemáticas y, en su caso, si tienen que cursar alguna de las siguientes asignaturas del Grado en Finanzas:
El cumplimiento de los complementos formativos permitirá a la Comisión Académica comprobar que los estudiantes procedentes de todas las titulaciones demuestren tener la competencias y conocimientos básicos indicados en el Core Syllabus for Actuarial Training in Europe. Los estudiantes que tienen titulaciones con un fuerte peso en materias cuantitativas (matemáticas, estadística, física, ingenieros, arquitectos, etc.) pueden realizar, en el primer curso del Máster, los tres o cuatro complementos formativos requeridos (Fundamentos del Análisis de las Operaciones Financieras, Microeconomía, Macroeconomía y Contabilidad Financiera). Además, para el resto de las titulaciones como, por ejemplo, Derecho, la Comisión Académica recomendará realizar los complementos antes de que realicen las asignaturas que los recomiendan.
Además, con respecto al resto de titulados, se puede distinguir entre:
En el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, la “Unidad de Apoyo a estudiantes con discapacidad” del “Área de Accesibilidad, Responsabilidad Social e Igualdad” de la Universidad de León ofrecerá los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
También existe un reconocimiento automático de créditos para los alumnos que posean el título de “Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras” y de “Máster en Finanzas” (MBAFI) de la Universidad de León.
Los requisitos generales de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster están recogidos en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE núm. 233, de 29 de septiembre de 2021). Dicho artículo establece lo siguiente:
Artículo 18. Acceso y admisión a las enseñanzas oficiales de Máster Universitario. R.D. 822/2021
La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
El órgano responsable de la admisión será la Comisión Académica del Máster, que tendrá en cuenta los requisitos generales de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster que establece la normativa vigente, así como los criterios específicos que se muestran a continuación.
Los requisitos generales de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster están recogidos en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad (BOE núm. 233, de 29 de septiembre de 2021). Dicho artículo establece lo siguiente:
Las universidades o los centros regularán la admisión en las enseñanzas de Máster Universitario, estableciendo requisitos específicos y, en caso de ser necesarios, complementos formativos, cuya carga en créditos no podrá superar el equivalente al 20 por ciento de la carga crediticia del título. Los créditos de complementos formativos tendrán la misma consideración que el resto de los créditos del plan de estudios del título de Máster Universitario.
Las universidades reservarán, al menos, un 5 por ciento de las plazas ofertadas en los títulos universitarios oficiales de Máster Universitario para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, así como para estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena inclusión educativa.
Los criterios específicos de admisión cuando la demanda supere el número de plazas ofertadas son los siguientes:
Todos estos criterios deben estar debidamente acreditados para su valoración.